¡El código penal se endurece!
El Senado ha aprobado la reforma del Código Penal que endurece el castigo relacionado con los accidentes de tráfico y las imprudencias al volante, de tal forma que se incluyen nuevos delitos como darse a la fuga del lugar de un accidente.
02/03/2019
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La nueva Ley Orgánica responde a una importante demanda social, ante el incremento de accidentes en los que resultan afectados peatones y ciclistas por imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor.
Dentro del abandono del lugar del accidente se tienen en cuenta diversos supuestos. Por ejemplo, si éste se produce de forma fortuita, la pena de cárcel será de entre tres y seis meses. En el caso de que se produzca por una imprudencia, el tiempo entre rejas será de entre dos y cuatro años. En ambos casos también se retirará el carnet de conducir entre seis meses y cuatro años. Además, cualquier delito contra la seguridad vial que ocasione heridos, ya sean leves, graves, o fallecidos, tendrá el rango de imprudencia grave, lo que se castigará con una pena de entre uno y cuatro años de cárcel. Entre estos delitos contra la seguridad vial se encuentran el exceso de velocidad, conducir sin carnet o hacerlo bajo la influencia del alcohol o las drogas.
También se contempla un agravante si el número de fallecidos es más de uno. En el caso de provocar la muerte de dos personas la pena de cárcel puede llegar a los seis años. Si el número de fallecidos excede estas cifras, se contemplan hasta nueve años de pena.
Otro de los puntos que se aclara es el de las imprudencias menos graves, que tienen como resultado lesiones graves no invalidantes, como es el caso de las fracturas. Se contemplan para estos casos penas de entre 3 y 12 meses.
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